Vigente desde el 1 de octubre de 2026 · Saltore SpA · RUT 78.214.631-9
Estos términos regulan la relación entre Saltore SpA (en adelante "el Centro") y el padre, madre o tutor legal de la gimnasta inscrita (en adelante "el Apoderado"). Al formalizar la inscripción, el Apoderado acepta íntegramente las condiciones que siguen.
Al inscribir a su hija, el Apoderado suscribe además el Contrato de Matrícula, que se firma digitalmente por enlace. Ese contrato recoge estas mismas condiciones, con la misma numeración en las cláusulas 1 a 38, y agrega las declaraciones que el Apoderado formula al momento de firmar.
Forma parte de la inscripción la Ficha de la Gimnasta, que se completa en saltore.cl/ficha y en la que el Apoderado registra los antecedentes de la gimnasta, sus contactos de emergencia, la nómina de personas autorizadas a retirarla y sus decisiones sobre uso de imagen.
Saltore es el nombre comercial bajo el cual opera SALTORE SpA, RUT 78.214.631-9, con domicilio en Caletera Oriente Gral San Martín 6000, Oficina 115, Colina, Región Metropolitana.
Las materias destacadas en negrita son las que deben comunicarse por escrito y deben dirigirse a la casilla que se indica.
recepcion@saltore.cl Retiro (cláusula 16), congelamiento (cláusula 15) y cambios durante el ciclo (cláusula 13). Pagos, agendamiento, uniforme y gestión administrativa del día a día.
admin@saltore.cl Retracto (cláusula 9), revocación de la autorización de uso de imagen (cláusula 38), solicitudes sobre datos personales (cláusula 35) y cualquier otra comunicación con efecto contractual.
coordinaciondeportiva@saltore.cl Asuntos técnicos y deportivos: asignación de grupo, progresión e inquietudes sobre la clase.
+56 9 4192 7830 Teléfono y WhatsApp de la sede.
+56 9 7579 4180 WhatsApp de contacto inicial y agendamiento de clases de prueba, atendido por asistente virtual. Las comunicaciones con efecto contractual recibidas por este canal se derivan a la casilla que corresponda.
saltore.cl · @saltore.cl Sitio web e Instagram.
Oportunidad de las comunicaciones. La fecha de envío por parte del Apoderado acredita la oportunidad de la comunicación, cualquiera sea el canal utilizado. El Centro deriva internamente la comunicación recibida por un canal distinto del que corresponde y acusa recibo por escrito, sin que la fecha de ese acuse altere la oportunidad del envío original. Ninguna comunicación se tiene por no presentada por haberse dirigido al canal equivocado.
El Centro imparte formación en gimnasia artística femenina, en las categorías vigentes que se indican en la cláusula 3 y se publican en saltore.cl, mediante clases grupales de grupos reducidos, con progresión técnica estructurada y bajo supervisión profesional.
La asignación de grupo se realiza por categoría de edad y, en casos calificados, según el nivel técnico o el desarrollo de la gimnasta, a criterio del cuerpo técnico, entendido como la coordinación deportiva y los profesores a cargo.
Categorías por edad y duración de clase
La categoría Baby Gym se imparte únicamente en modalidad Recreativa, esto es, una clase semanal. Se dicta solo los días domingo y se cursa con acompañante: un adulto responsable permanece en sala durante toda la clase.
Modalidades y aranceles
La modalidad Extendida se cursa en sábado y domingo, en ambos días.
Grilla de horarios. La grilla vigente, con los días y bloques disponibles para cada categoría y modalidad, se publica en saltore.cl. Sus modificaciones se rigen por las cláusulas 10 y 14.
Continuidad por edad. La gimnasta continúa en la categoría que corresponda a su edad mientras el Centro la mantenga vigente. Si al momento de la renovación no existe categoría vigente para su edad, la matrícula no se renueva y no se cursa cargo alguno.
Año de clases. El año regular corre del 1 de marzo al 14 de febrero, sin receso intermedio, salvo feriados.
Receso. El Centro cierra del 15 al último día de febrero de cada año. Es el único receso del año.
Estructura del cobro. El valor anual del programa se divide en doce cuotas mensuales iguales de monto fijo. El número de clases varía entre meses según el calendario, los feriados y el receso de febrero, sin que ello altere el valor de la cuota.
Feriados. El Centro no dicta clases en días feriados y esas clases no se recuperan.
Actividades opcionales. El Centro puede programar talleres, jornadas especiales, muestras y otras actividades complementarias, que constituyen un servicio distinto de la mensualidad y se cobran por separado. Su contratación es optativa y no reemplazan las clases regulares, que mantienen su horario habitual. El valor, los cupos y las fechas se comunican al Apoderado antes del inicio de cada actividad. No se cobra ningún concepto que no haya sido informado previamente.
Valor y naturaleza. La matrícula tiene un valor anual de $50.000 por gimnasta. Reserva el cupo de la gimnasta mientras la inscripción se mantenga vigente y al día, en los términos de la cláusula 11, y es personal e intransferible, salvo el régimen de matrícula única del grupo familiar de la cláusula 17.
Ciclo único. El año de matrícula corre del 1 de marzo al último día de febrero, cualquiera sea la fecha de ingreso de la gimnasta, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria tercera. Toda matrícula vence al término de febrero y se renueva el 1 de marzo siguiente, de modo que todas las gimnastas comparten una misma fecha de renovación.
Prorrateo por trimestre de ingreso. Quien ingresa durante el ciclo paga la proporción que corresponde a su mes de ingreso:
Quien ingresa en febrero paga la matrícula completa y queda incorporada al ciclo que se inicia el 1 de marzo siguiente, sin pago adicional en esa fecha.
Reembolso. La matrícula no es reembolsable, salvo en los siguientes casos, en que se restituye íntegramente dentro de 10 días hábiles:
Renovación. Se cursa al valor de matrícula vigente al 1 de marzo de cada año, conforme al procedimiento de la cláusula 10.
La inscripción se entiende formalizada cuando concurren copulativamente:
La gimnasta no inicia clases mientras no se encuentre firmado el Contrato de Matrícula y completada la Ficha.
Criterios de aprobación. La aprobación del ingreso se funda exclusivamente en criterios objetivos: edad de la gimnasta, disponibilidad de cupo en la categoría y horario solicitados, y aptitud para la práctica acreditada cuando corresponda. El Centro no discrimina arbitrariamente.
Restitución. Si el Apoderado decide no firmar, o si el ingreso no es aprobado, el Centro restituye íntegramente los montos pagados por matrícula y mensualidad dentro de 10 días hábiles.
Cobro. El cobro es mensual y de monto fijo, conforme a la estructura de la cláusula 4.
Primer pago. Corresponde a las clases que resten del mes en curso desde el ingreso, a razón del valor por clase del plan contratado. Los $15.000 de la clase de prueba se imputan íntegramente a ese pago. Si la imputación lo cubre por completo, no se cobra mensualidad ese mes. El exceso no se arrastra ni se devuelve, por corresponder a una clase efectivamente realizada.
Vencimiento y tolerancia. La mensualidad vence el día 1 de cada mes. El Centro otorga una tolerancia de pago hasta el día 5, inclusive, durante la cual la gimnasta asiste con normalidad. Transcurrido el día 5 sin pago ni aviso, se aplica la cláusula 11.
Medios de pago. Conforme a la disposición transitoria cuarta:
El Centro no recibe pagos en efectivo.
Cargo fallido. Si un cargo por débito automático resulta fallido, el Centro lo notifica al Apoderado dentro de los 2 días hábiles siguientes, al correo registrado en la Ficha. El Apoderado dispone de 5 días corridos contados desde esa notificación para pagar por link. El plazo de la cláusula 11 no corre durante ese período.
Mandato de débito automático. El Apoderado puede revocar el mandato en cualquier momento. Revocado, debe constituir uno nuevo dentro de los 10 días hábiles siguientes; mientras tanto la mensualidad se paga por link, sin que ello afecte su cupo. El Apoderado mantiene vigentes y actualizados los datos del medio de pago; una tarjeta vencida o una cuenta cerrada se tratan como revocación del mandato.
Conforme al artículo 3° bis de la Ley N°19.496, el Apoderado puede poner término al Contrato de Matrícula, sin expresión de causa, dentro de los 10 días corridos siguientes a su firma, comunicándolo a admin@saltore.cl.
Ejercido el retracto, el Centro restituye la totalidad de lo pagado dentro de 10 días hábiles, descontando únicamente el valor de las clases efectivamente cursadas en ese período.
Durante el mes de enero de cada año el Centro cierra el año transcurrido y planifica el que se inicia. La revisión comprende:
Calendario de la renovación.
Silencio. Transcurrido el 10 de febrero sin comunicación del Apoderado, se entiende que continúa, y la matrícula de renovación se cobra el 1 de marzo por el medio de pago vigente.
Efectos.
La definición de la planificación técnica y de la metodología de entrenamiento corresponde al cuerpo técnico del Centro.
Cambio de plan.
Cambio de horario dentro del mismo plan.
Cambio de categoría. La asignación de categoría corresponde al cuerpo técnico, conforme a la cláusula 2. Si el cambio de categoría implica cambio de día u horario, el Apoderado tiene el mismo derecho de retiro sin costo ni penalidad que establece la cláusula 14.
Fuera del proceso anual de la cláusula 10, el Centro puede modificar los horarios durante el año con un aviso mínimo de 30 días de anticipación. Si el cambio no se ajusta a las condiciones del Apoderado, este puede comunicar el retiro sin costo ni penalidad, sin sujeción al plazo de la cláusula 16.
Congelamiento por razón médica.
Congelamiento sin causa médica.
Reglas comunes.
Cuando dos o más hermanas se encuentran inscritas simultáneamente, la familia accede a:
Se entiende por grupo familiar el conjunto de gimnastas inscritas bajo un mismo Apoderado registrado en la Ficha.
Término del beneficio. Si el número de hermanas inscritas baja a una, el descuento cesa desde el mes siguiente y la gimnasta que permanece vuelve a la tarifa normal de su plan, sin cobro retroactivo por los meses ya cursados con descuento.
Matrícula. La matrícula única ya pagada no se recalcula ni genera diferencia: cubre al grupo familiar durante todo el ciclo.
Incompatibilidad. Este beneficio no es acumulable con el programa de referidos de la cláusula 18. Una hermana no constituye una referida para esos efectos.
Cuando una clase no se dicte por causa imputable al Centro, incluida la ausencia del profesor asignado, se aplica el siguiente orden:
Fuerza mayor. No se considera causa imputable al Centro la suspensión originada en decisión de la autoridad, emergencia sanitaria, alerta ambiental, corte de servicios básicos o evento climático. En esos casos el Centro reprograma cuando sea posible y no procede acreditación.
Entrada. La gimnasta llega 5 minutos antes del inicio de su clase. El Apoderado la presenta en recepción y es el personal del Centro quien la ingresa a la sala.
Salida y retiro tardío. El Apoderado retira a la gimnasta al término de la clase. El Centro otorga una tolerancia de 15 minutos. Vencida, el Centro contacta al Apoderado y luego a los contactos de emergencia registrados en la Ficha, y la gimnasta permanece bajo supervisión en el área de espera. Verificado el atraso en tres ocasiones dentro de un mismo mes, el Centro puede cobrar un valor por supervisión extendida, informado previamente; de persistir, se aplica la cláusula 26.
Objetos personales y daños. El Centro no responde por objetos personales dejados en sus dependencias. El Apoderado responde por los daños que la gimnasta o sus acompañantes causen deliberadamente a las instalaciones o implementos.
Toda comunicación entre la familia y el Centro se canaliza por los canales de la cláusula 1. Esta regla protege a las gimnastas, a las familias y al propio equipo.
Protocolo. Ante un accidente o emergencia de salud, el Centro presta los primeros auxilios, contacta de inmediato al Apoderado y, si la urgencia lo amerita o el Apoderado no resulta ubicable, queda expresamente autorizado para solicitar atención médica de urgencia y disponer el traslado de la gimnasta al servicio de salud más cercano, informando al Apoderado apenas sea posible. Esta autorización se otorga en la Ficha de la Gimnasta.
Registro. De todo accidente queda un acta con la fecha, la hora, los hechos, las personas presentes y las medidas adoptadas. El Apoderado puede solicitar copia.
Cobertura. El Centro no cuenta con un seguro de accidentes contratado en favor de las gimnastas. La atención médica que derive de un accidente se cursa a través de la previsión de salud registrada en la Ficha, y sus costos son de cargo del Apoderado, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda al Centro conforme a la cláusula 24.
El incumplimiento de estas condiciones o del comportamiento esperado se notifica al Apoderado por escrito. La reiteración faculta al Centro para desvincular a la gimnasta, previa comunicación escrita en que se expresen los hechos que la fundan.
Producida la desvinculación, la matrícula no se restituye y la mensualidad del mes en curso se devuelve en la proporción correspondiente a las clases no cursadas, dentro de 10 días hábiles.
Las modificaciones a estos términos y al Contrato de Matrícula rigen desde el inicio del ciclo siguiente y se comunican al Apoderado por escrito con al menos 60 días de anticipación. El Apoderado dispone de 30 días desde el aviso para manifestar su rechazo, en cuyo caso el contrato termina al cierre del ciclo en curso, sin costo ni penalidad.
Las modificaciones que la ley imponga rigen desde su entrada en vigencia. Los cambios de arancel y de grilla se rigen por la cláusula 10.
La versión vigente se publica en saltore.cl/legal.
Prevalencia. Ante cualquier diferencia entre lo publicado en saltore.cl y lo suscrito por el Apoderado, prevalece la condición que resulte más favorable para él.
Toda materia no prevista se rige por la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y por la legislación chilena vigente.
Ley aplicable: Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y, a partir de su entrada en vigencia, Ley N°21.719 sobre Protección de Datos Personales.
Responsable del tratamiento: SALTORE SpA, RUT 78.214.631-9, Caletera Oriente Gral San Martín 6000, Of. 115, Colina, Región Metropolitana.
Contacto en materia de datos: admin@saltore.cl
El Centro trata los datos con el apoyo de proveedores que actúan como encargados, bajo contrato y conforme a sus instrucciones. Las categorías de destinatarios son:
Fuera de estos casos, el Centro no comunica ni cede datos personales a terceros.
Transferencia internacional. Algunos de estos proveedores pueden tratar datos fuera de Chile. El listado vigente de destinatarios, los países de destino y las garantías aplicables se publican en saltore.cl/legal.
El Centro adopta medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, incluidos el control de acceso por persona y la restricción del acceso a lo necesario para cada función.
Ante una vulneración de seguridad que afecte datos personales, el Centro la comunica a la autoridad competente y, tratándose de datos de la gimnasta, también al Apoderado, con la mayor brevedad.
El Apoderado, en representación de la gimnasta, puede ejercer en cualquier momento y de forma gratuita los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y suspensión temporal del tratamiento, así como el derecho a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en tratamiento automatizado.
Las solicitudes se cursan a admin@saltore.cl con el asunto "Solicitud de datos personales", acreditando la identidad del solicitante. El Centro responde dentro de los plazos legales.
El Apoderado puede además reclamar ante la autoridad competente en materia de protección de datos.
Todos los datos de la gimnasta se tratan con estándar reforzado de confidencialidad. Solo el Apoderado puede autorizar, modificar o revocar el tratamiento de datos de la gimnasta.
Existencia y finalidad. El Centro cuenta con un sistema de cámaras de seguridad en sus dependencias. Su finalidad es la seguridad de las personas y de los bienes, y la acreditación de los hechos ante un accidente, incidente o controversia, en resguardo de las gimnastas, de los apoderados y del equipo del Centro.
Zonas cubiertas. Las cámaras registran los accesos, la sala de entrenamiento y las áreas comunes. No existen cámaras en camarines, baños ni zonas de cambio de vestuario.
Registro. El sistema registra únicamente imagen, sin audio.
Señalización. La existencia del sistema se informa mediante señalética visible en el acceso al Centro.
Conservación. Las grabaciones se conservan por un período de 30 días, transcurrido el cual se eliminan o sobrescriben, salvo aquellas asociadas a un hecho en investigación o a un requerimiento de autoridad, que se conservan hasta su resolución.
Acceso. El acceso a las grabaciones queda restringido a la Dirección del Centro y a quienes esta designe expresamente. Las grabaciones no se utilizan para el control ordinario del desempeño laboral del personal. Sí pueden utilizarse para investigar denuncias o incidentes que afecten la seguridad o la integridad física o psíquica de las gimnastas, y en los procedimientos disciplinarios que de ello deriven.
Solicitud del Apoderado. Ante un hecho que afecte a su gimnasta, el Apoderado puede solicitar por escrito a admin@saltore.cl la revisión del registro. El Centro exhibe en sus dependencias el segmento estrictamente pertinente al hecho consultado, adoptando medidas razonables para resguardar la identidad de terceros, y deja constancia en acta. No se entregan copias, por contener imágenes de otras gimnastas menores de edad. Cuando no sea posible resguardar la imagen de terceras, el Centro lo informa fundadamente.
Entrega a terceros. Las grabaciones se entregan únicamente a requerimiento de un tribunal, del Ministerio Público o de las policías, y a la compañía de seguros cuando exista cobertura comprometida en un siniestro.
Qué hace el Centro. El Centro documenta clases, muestras y actividades, y produce material institucional y promocional para sus redes sociales, su sitio web y sus campañas de difusión.
Quién captura y produce. La captura y producción de este material la realiza el Centro, el personal que este designe y los proveedores externos que contrate para tales efectos. Estos proveedores actúan siempre por encargo y bajo instrucción del Centro, están sujetos a confidencialidad, no pueden usar el material para fines propios ni cederlo a terceros, y deben devolverlo o eliminarlo al término del encargo.
Dónde se otorga la autorización. La autorización de uso de imagen se otorga o se deniega en la Ficha de la Gimnasta, mediante una declaración expresa que comprende las redes sociales, el sitio web, el material institucional y las campañas de difusión pagada del Centro.
En ausencia de autorización expresa en la Ficha, se entiende no otorgada, y la imagen de la gimnasta no se utiliza en ninguno de esos soportes.
Alcance.
Revocación. El Apoderado puede revocar la autorización, total o parcialmente, en cualquier momento, comunicándolo a admin@saltore.cl. Revocada, el Centro retira el material de los canales bajo su control, esto es, sitio web, cuentas oficiales y campañas activas, dentro de 15 días hábiles, y cesa todo uso futuro. Respecto de material impreso ya distribuido o de republicaciones de terceros fuera del control del Centro, este adopta las medidas razonables a su alcance e informa al Apoderado el resultado de las gestiones.
Publicación en cuentas personales del equipo. Las reglas siguientes obligan a todo el personal del Centro, incluidos colaboradores y prestadores externos.
Primera. Entrada en vigencia. Estos términos rigen desde el 1 de octubre de 2026 y reemplazan los publicados con anterioridad en saltore.cl.
Los apoderados con inscripción vigente a esa fecha suscriben el Contrato de Matrícula por el mismo procedimiento. Mientras no lo suscriban, mantienen las condiciones anteriores hasta el cierre de su ciclo.
Segunda. Primer ciclo parcial. El ciclo único de matrícula de la cláusula 5 se inaugura con un primer ciclo parcial, que corre del 1 de octubre de 2026 al 28 de febrero de 2027. El primer ciclo completo se inicia el 1 de marzo de 2027.
Las inscripciones nuevas que se formalicen entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2026 pagan $25.000. Las que se formalicen entre el 1 de diciembre de 2026 y el 31 de enero de 2027 pagan $12.500. Las que se formalicen durante febrero de 2027 se rigen por la última fila de la tabla de la cláusula 5.
Tercera. Matrículas pagadas antes de la entrada en vigencia. Se respeta la fecha en que fueron pagadas. Mantienen vigencia por un año completo contado desde esa fecha, sin que la entrada en vigor de estos términos la anticipe, y hasta entonces no se cursa cobro alguno de matrícula.
Al vencer, el Apoderado paga únicamente la matrícula prorrateada del trimestre en que caiga esa fecha, conforme a la tabla de la cláusula 5, quedando con ello incorporada al ciclo único que renueva cada 1 de marzo.
Ejemplo. Una matrícula pagada en julio de 2026 mantiene vigencia hasta julio de 2027. En esa fecha corresponde pagar $37.500, prorrateo del trimestre junio a agosto, que cubre hasta el término de febrero de 2028. Desde el 1 de marzo de 2028 renueva al valor vigente junto con el resto del Centro.
Cuarta. Medios de pago. Hasta el 28 de febrero de 2027 se acepta débito automático o transferencia bancaria. Desde el 1 de marzo de 2027 el débito automático es el medio de pago regular, operando el link de pago como respaldo conforme a la cláusula 8. El Centro comunica el cambio a los apoderados con al menos 60 días de anticipación.
Quinta. Primera revisión anual. La primera revisión anual conforme a la cláusula 10 se realiza en enero de 2027, con efecto desde marzo de 2027.
Cualquier consulta sobre estos términos se responde en admin@saltore.cl. La versión vigente se publica siempre en esta página, y la anterior queda disponible a solicitud del Apoderado.