Saltore Gimnasia Artística
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Legal

Términos, condiciones
y privacidad

Vigente desde el 1 de octubre de 2026 · Saltore SpA · RUT 78.214.631-9

Condiciones del servicio Programa de referidos Protección de datos Uso de imagen Disposiciones transitorias Dudas y contacto
Vigente desde el 1 de octubre de 2026 · Dudas a admin@saltore.cl

Estos términos regulan la relación entre Saltore SpA (en adelante "el Centro") y el padre, madre o tutor legal de la gimnasta inscrita (en adelante "el Apoderado"). Al formalizar la inscripción, el Apoderado acepta íntegramente las condiciones que siguen.

Al inscribir a su hija, el Apoderado suscribe además el Contrato de Matrícula, que se firma digitalmente por enlace. Ese contrato recoge estas mismas condiciones, con la misma numeración en las cláusulas 1 a 38, y agrega las declaraciones que el Apoderado formula al momento de firmar.

Forma parte de la inscripción la Ficha de la Gimnasta, que se completa en saltore.cl/ficha y en la que el Apoderado registra los antecedentes de la gimnasta, sus contactos de emergencia, la nómina de personas autorizadas a retirarla y sus decisiones sobre uso de imagen.

Parte I. Condiciones del servicio

1. Identificación y canales

Saltore es el nombre comercial bajo el cual opera SALTORE SpA, RUT 78.214.631-9, con domicilio en Caletera Oriente Gral San Martín 6000, Oficina 115, Colina, Región Metropolitana.

Las materias destacadas en negrita son las que deben comunicarse por escrito y deben dirigirse a la casilla que se indica.

recepcion@saltore.cl Retiro (cláusula 16), congelamiento (cláusula 15) y cambios durante el ciclo (cláusula 13). Pagos, agendamiento, uniforme y gestión administrativa del día a día.

admin@saltore.cl Retracto (cláusula 9), revocación de la autorización de uso de imagen (cláusula 38), solicitudes sobre datos personales (cláusula 35) y cualquier otra comunicación con efecto contractual.

coordinaciondeportiva@saltore.cl Asuntos técnicos y deportivos: asignación de grupo, progresión e inquietudes sobre la clase.

+56 9 4192 7830 Teléfono y WhatsApp de la sede.

+56 9 7579 4180 WhatsApp de contacto inicial y agendamiento de clases de prueba, atendido por asistente virtual. Las comunicaciones con efecto contractual recibidas por este canal se derivan a la casilla que corresponda.

saltore.cl · @saltore.cl Sitio web e Instagram.

Oportunidad de las comunicaciones. La fecha de envío por parte del Apoderado acredita la oportunidad de la comunicación, cualquiera sea el canal utilizado. El Centro deriva internamente la comunicación recibida por un canal distinto del que corresponde y acusa recibo por escrito, sin que la fecha de ese acuse altere la oportunidad del envío original. Ninguna comunicación se tiene por no presentada por haberse dirigido al canal equivocado.

2. Objeto

El Centro imparte formación en gimnasia artística femenina, en las categorías vigentes que se indican en la cláusula 3 y se publican en saltore.cl, mediante clases grupales de grupos reducidos, con progresión técnica estructurada y bajo supervisión profesional.

La asignación de grupo se realiza por categoría de edad y, en casos calificados, según el nivel técnico o el desarrollo de la gimnasta, a criterio del cuerpo técnico, entendido como la coordinación deportiva y los profesores a cargo.

3. Programas, categorías y modalidades

Categorías por edad y duración de clase

  • Baby Gym, 2 a 3 años. Recreativa: 50 minutos. Formativo: no disponible.
  • Mini Gym, 4 a 5 años. Recreativa y Extendida: 60 minutos. Formativo: 60 minutos.
  • Pre Infantil, 6 a 8 años. Recreativa y Extendida: 90 minutos. Formativo: 90 minutos.
  • Infantil, 9 a 11 años. Recreativa y Extendida: 90 minutos. Formativo: 120 minutos.

La categoría Baby Gym se imparte únicamente en modalidad Recreativa, esto es, una clase semanal. Se dicta solo los días domingo y se cursa con acompañante: un adulto responsable permanece en sala durante toda la clase.

Modalidades y aranceles

  • Recreativa, 1 clase semanal: $60.000 mensuales.
  • Extendida, 2 clases semanales: $90.000 mensuales.
  • Formativo, 3 clases semanales: $120.000 mensuales.

La modalidad Extendida se cursa en sábado y domingo, en ambos días.

Grilla de horarios. La grilla vigente, con los días y bloques disponibles para cada categoría y modalidad, se publica en saltore.cl. Sus modificaciones se rigen por las cláusulas 10 y 14.

Continuidad por edad. La gimnasta continúa en la categoría que corresponda a su edad mientras el Centro la mantenga vigente. Si al momento de la renovación no existe categoría vigente para su edad, la matrícula no se renueva y no se cursa cargo alguno.

4. Año de clases, receso y feriados

Año de clases. El año regular corre del 1 de marzo al 14 de febrero, sin receso intermedio, salvo feriados.

Receso. El Centro cierra del 15 al último día de febrero de cada año. Es el único receso del año.

Estructura del cobro. El valor anual del programa se divide en doce cuotas mensuales iguales de monto fijo. El número de clases varía entre meses según el calendario, los feriados y el receso de febrero, sin que ello altere el valor de la cuota.

Feriados. El Centro no dicta clases en días feriados y esas clases no se recuperan.

Actividades opcionales. El Centro puede programar talleres, jornadas especiales, muestras y otras actividades complementarias, que constituyen un servicio distinto de la mensualidad y se cobran por separado. Su contratación es optativa y no reemplazan las clases regulares, que mantienen su horario habitual. El valor, los cupos y las fechas se comunican al Apoderado antes del inicio de cada actividad. No se cobra ningún concepto que no haya sido informado previamente.

5. Matrícula

Valor y naturaleza. La matrícula tiene un valor anual de $50.000 por gimnasta. Reserva el cupo de la gimnasta mientras la inscripción se mantenga vigente y al día, en los términos de la cláusula 11, y es personal e intransferible, salvo el régimen de matrícula única del grupo familiar de la cláusula 17.

Ciclo único. El año de matrícula corre del 1 de marzo al último día de febrero, cualquiera sea la fecha de ingreso de la gimnasta, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria tercera. Toda matrícula vence al término de febrero y se renueva el 1 de marzo siguiente, de modo que todas las gimnastas comparten una misma fecha de renovación.

Prorrateo por trimestre de ingreso. Quien ingresa durante el ciclo paga la proporción que corresponde a su mes de ingreso:

  • Ingreso en marzo, abril o mayo: $50.000, cubre hasta el término de febrero del ciclo en curso.
  • Ingreso en junio, julio o agosto: $37.500, cubre hasta el término de febrero del ciclo en curso.
  • Ingreso en septiembre, octubre o noviembre: $25.000, cubre hasta el término de febrero del ciclo en curso.
  • Ingreso en diciembre o enero: $12.500, cubre hasta el término de febrero del ciclo en curso.
  • Ingreso en febrero: $50.000, cubre hasta el término de febrero del ciclo siguiente.

Quien ingresa en febrero paga la matrícula completa y queda incorporada al ciclo que se inicia el 1 de marzo siguiente, sin pago adicional en esa fecha.

Reembolso. La matrícula no es reembolsable, salvo en los siguientes casos, en que se restituye íntegramente dentro de 10 días hábiles:

  1. Ejercicio del derecho de retracto de la cláusula 9.
  2. No aprobación del ingreso por el Centro, conforme a la cláusula 7.
  3. Término del contrato por causa imputable al Centro.
  4. Imposibilidad sobreviniente del Centro de prestar el servicio.

Renovación. Se cursa al valor de matrícula vigente al 1 de marzo de cada año, conforme al procedimiento de la cláusula 10.

6. Clase de prueba

  • Tiene un valor de $15.000 y es única. Ese monto se imputa al primer pago conforme a la cláusula 8.
  • Se agenda en el día y bloque del plan que la familia desea cursar, sujeto a disponibilidad.
  • No garantiza disponibilidad de cupo ni aprobación de ingreso al programa solicitado, y no reserva el cupo más allá del día en que se realiza.

7. Formalización de la inscripción

La inscripción se entiende formalizada cuando concurren copulativamente:

  1. El pago de la matrícula y del primer pago de mensualidad.
  2. La aprobación del ingreso por el Centro.
  3. La Ficha de la Gimnasta completada en saltore.cl/ficha.
  4. La firma del Contrato de Matrícula por el Apoderado.

La gimnasta no inicia clases mientras no se encuentre firmado el Contrato de Matrícula y completada la Ficha.

Criterios de aprobación. La aprobación del ingreso se funda exclusivamente en criterios objetivos: edad de la gimnasta, disponibilidad de cupo en la categoría y horario solicitados, y aptitud para la práctica acreditada cuando corresponda. El Centro no discrimina arbitrariamente.

Restitución. Si el Apoderado decide no firmar, o si el ingreso no es aprobado, el Centro restituye íntegramente los montos pagados por matrícula y mensualidad dentro de 10 días hábiles.

8. Forma de pago

Cobro. El cobro es mensual y de monto fijo, conforme a la estructura de la cláusula 4.

Primer pago. Corresponde a las clases que resten del mes en curso desde el ingreso, a razón del valor por clase del plan contratado. Los $15.000 de la clase de prueba se imputan íntegramente a ese pago. Si la imputación lo cubre por completo, no se cobra mensualidad ese mes. El exceso no se arrastra ni se devuelve, por corresponder a una clase efectivamente realizada.

Vencimiento y tolerancia. La mensualidad vence el día 1 de cada mes. El Centro otorga una tolerancia de pago hasta el día 5, inclusive, durante la cual la gimnasta asiste con normalidad. Transcurrido el día 5 sin pago ni aviso, se aplica la cláusula 11.

Medios de pago. Conforme a la disposición transitoria cuarta:

  • Hasta el 28 de febrero de 2027: débito automático o transferencia bancaria.
  • Desde el 1 de marzo de 2027: débito automático. El link de pago opera como respaldo en los casos de cargo fallido y de mandato revocado.

El Centro no recibe pagos en efectivo.

Cargo fallido. Si un cargo por débito automático resulta fallido, el Centro lo notifica al Apoderado dentro de los 2 días hábiles siguientes, al correo registrado en la Ficha. El Apoderado dispone de 5 días corridos contados desde esa notificación para pagar por link. El plazo de la cláusula 11 no corre durante ese período.

Mandato de débito automático. El Apoderado puede revocar el mandato en cualquier momento. Revocado, debe constituir uno nuevo dentro de los 10 días hábiles siguientes; mientras tanto la mensualidad se paga por link, sin que ello afecte su cupo. El Apoderado mantiene vigentes y actualizados los datos del medio de pago; una tarjeta vencida o una cuenta cerrada se tratan como revocación del mandato.

9. Derecho de retracto

Conforme al artículo 3° bis de la Ley N°19.496, el Apoderado puede poner término al Contrato de Matrícula, sin expresión de causa, dentro de los 10 días corridos siguientes a su firma, comunicándolo a admin@saltore.cl.

Ejercido el retracto, el Centro restituye la totalidad de lo pagado dentro de 10 días hábiles, descontando únicamente el valor de las clases efectivamente cursadas en ese período.

10. Revisión anual y renovación

Durante el mes de enero de cada año el Centro cierra el año transcurrido y planifica el que se inicia. La revisión comprende:

  • Evaluación del año transcurrido: progresión alcanzada por cada grupo y funcionamiento de la planificación aplicada.
  • Planificación técnica y metodología de entrenamiento del año siguiente, que el cuerpo técnico ajusta a partir de esa evaluación.
  • Grilla de horarios y conformación de los grupos.
  • Estructura de aranceles.

Calendario de la renovación.

  • A más tardar el 31 de enero: el Centro comunica la grilla y los aranceles del ciclo siguiente.
  • Hasta el 10 de febrero: el Apoderado confirma su continuidad o comunica su retiro.
  • 1 de marzo: se cursa la matrícula de renovación.

Silencio. Transcurrido el 10 de febrero sin comunicación del Apoderado, se entiende que continúa, y la matrícula de renovación se cobra el 1 de marzo por el medio de pago vigente.

Efectos.

  • El ajuste de aranceles se aplica sobre la mensualidad y rige desde marzo.
  • La matrícula ya pagada no se reajusta durante el ciclo en curso ni requiere pago complementario.
  • Si la nueva grilla de horarios o el nuevo arancel no se ajustan a las condiciones del Apoderado, este puede comunicar el retiro hasta el 10 de febrero, sin costo ni penalidad y sin sujeción al plazo de la cláusula 16.

La definición de la planificación técnica y de la metodología de entrenamiento corresponde al cuerpo técnico del Centro.

11. Cupos, mora y liberación

  • Los cupos son limitados y se asignan por orden de inscripción, pago y aprobación del Centro.
  • Transcurrido el día 5 del mes sin que se registre el pago ni un aviso del Apoderado, el Centro notifica por escrito y otorga 5 días hábiles adicionales. Vencido ese plazo sin regularización, se suspende el acceso a clases y el cupo queda disponible para la lista de espera.
  • Aviso del Apoderado. Es la comunicación escrita a recepcion@saltore.cl, enviada antes del día 5, que indica la fecha en que se regularizará el pago. Extiende el plazo hasta el día 10 del mismo mes y puede usarse una vez por ciclo.
  • La liberación del cupo no genera deuda, multa ni cobro alguno para el Apoderado.
  • Efecto sobre la matrícula. La matrícula reserva el cupo mientras la inscripción se mantenga vigente y al día. Regularizado el pago dentro de los plazos anteriores, la matrícula se mantiene sin alteración. Liberado el cupo por falta de pago, cesa la reserva y la matrícula se entiende consumida, sin derecho a devolución ni a mantenerse vigente para un reingreso posterior.
  • Liberado el cupo, el reingreso se rige por la cláusula 16 y queda sujeto a disponibilidad.
  • La inscripción es personal e intransferible.

12. Asistencia y plan contratado

  • La gimnasta asiste exclusivamente en los días y horarios del plan contratado, y mantiene ese horario durante todo el mes.
  • Las clases no se recuperan por inasistencia de la gimnasta, ni se realizan descuentos proporcionales por inasistencias parciales en el mes.
  • Asistencia fuera del plan. No está autorizada. Verificada en dos o más ocasiones dentro de un mismo mes, el Centro informa al Apoderado por escrito acompañando el registro de asistencia y le otorga 10 días para formular observaciones. Resueltas las observaciones, el Centro puede ajustar la inscripción al plan que corresponda a la asistencia efectiva, con efecto desde el mes subsiguiente, o restringir el acceso a los días del plan contratado.
  • Llegada tardía. Transcurridos 15 minutos del inicio de la clase, el ingreso queda a criterio del profesor por razones de seguridad, dado que la entrada en calor es parte necesaria de la sesión.

13. Cambios durante el ciclo

Cambio de plan.

  • Alza de plan: puede cursarse en cualquier momento, sujeta a disponibilidad. Se cobra la diferencia proporcional a las clases restantes del mes, por link, y el plan nuevo rige desde el mes siguiente en el cobro regular.
  • Baja de plan: se solicita por escrito con al menos 7 días de anticipación al día 1 y rige desde el mes siguiente. No hay devolución ni proporcional del mes en curso.
  • Máximo 2 cambios de plan por ciclo.

Cambio de horario dentro del mismo plan.

  • El cambio permanente se solicita por escrito, queda sujeto a disponibilidad de cupo en el bloque pedido y a la conformación del grupo, y rige desde el mes siguiente o de inmediato si hay cupo. Máximo 2 cambios por ciclo.
  • El cambio puntual de un día por otro no existe. La gimnasta asiste en los días de su plan, conforme a la cláusula 12.

Cambio de categoría. La asignación de categoría corresponde al cuerpo técnico, conforme a la cláusula 2. Si el cambio de categoría implica cambio de día u horario, el Apoderado tiene el mismo derecho de retiro sin costo ni penalidad que establece la cláusula 14.

14. Cambios de horario dispuestos por el Centro

Fuera del proceso anual de la cláusula 10, el Centro puede modificar los horarios durante el año con un aviso mínimo de 30 días de anticipación. Si el cambio no se ajusta a las condiciones del Apoderado, este puede comunicar el retiro sin costo ni penalidad, sin sujeción al plazo de la cláusula 16.

15. Congelamiento

Congelamiento por razón médica.

  • Procede por impedimento médico para la práctica de la actividad, acreditado con certificado que indique el impedimento y su duración estimada.
  • Se extiende por la duración del impedimento acreditado, con un máximo de 3 meses por ciclo.
  • Durante el congelamiento la gimnasta conserva su cupo y no se devenga mensualidad.

Congelamiento sin causa médica.

  • Procede por cualquier causa, hasta 1 mes por ciclo.
  • Tiene un valor de mantención de cupo equivalente al 30% de la mensualidad del plan contratado.
  • Durante el congelamiento la gimnasta conserva su cupo y no se devenga el resto de la mensualidad.

Reglas comunes.

  • La solicitud se cursa por escrito a recepcion@saltore.cl antes del día 25 del mes anterior. El congelamiento opera por meses calendario completos y no tiene efecto retroactivo.
  • El congelamiento no suspende ni extiende la vigencia de la matrícula, que vence igualmente al término de febrero del ciclo en curso, sin perjuicio de la disposición transitoria tercera. Quien retoma la actividad después del 1 de marzo renueva su matrícula conforme a la cláusula 5.
  • Dejar de pagar no constituye congelamiento. La mora se rige por la cláusula 11.

16. Retiro y reingreso

  • El retiro se comunica por escrito a recepcion@saltore.cl con al menos 7 días de anticipación al día 1 del mes en que la gimnasta no continuará. Ese plazo existe para que el Centro alcance a detener el cobro del mes siguiente.
  • Aviso con menos de 7 días. El cobro del mes siguiente ya se encuentra cursado y no se reversa. Durante ese mes la gimnasta conserva su cupo y asiste con normalidad, y el retiro se hace efectivo a su término. No es una sanción: corresponde a un mes de servicio efectivamente disponible.
  • Las mensualidades ya pagadas no son reembolsables, salvo los casos de las cláusulas 9, 24 y 26.
  • Reingreso. Sea que el término se haya producido por retiro conforme a esta cláusula o por liberación del cupo conforme a la cláusula 11, la matrícula no se devuelve ni se mantiene vigente. Quien reingresa paga nuevamente la matrícula, prorrateada según el trimestre en que reingresa conforme a la tabla de la cláusula 5, y su cupo queda sujeto a disponibilidad, sin garantía de horario ni grupo.

17. Descuento por hermanas

Cuando dos o más hermanas se encuentran inscritas simultáneamente, la familia accede a:

  • Un 15% de descuento sobre la suma de las mensualidades del grupo familiar, cualquiera sea el plan de cada hermana.
  • Una sola matrícula por ciclo para el grupo familiar.

Se entiende por grupo familiar el conjunto de gimnastas inscritas bajo un mismo Apoderado registrado en la Ficha.

Término del beneficio. Si el número de hermanas inscritas baja a una, el descuento cesa desde el mes siguiente y la gimnasta que permanece vuelve a la tarifa normal de su plan, sin cobro retroactivo por los meses ya cursados con descuento.

Matrícula. La matrícula única ya pagada no se recalcula ni genera diferencia: cubre al grupo familiar durante todo el ciclo.

Incompatibilidad. Este beneficio no es acumulable con el programa de referidos de la cláusula 18. Una hermana no constituye una referida para esos efectos.

18. Programa de referidos

  • El Apoderado recibe $15.000 por cada amiga que se inscriba formalmente, esto es, con pago de matrícula y primera mensualidad.
  • Registro de la referencia. La familia referida indica, en la Ficha de la Gimnasta y al momento de completarla, el nombre completo de la gimnasta por quien fue referida. El beneficio se paga al Apoderado de esa gimnasta. Esa declaración es el único registro válido de la referencia y no se admite con posterioridad. No requiere códigos ni trámites adicionales.
  • Pago. Se efectúa por transferencia bancaria entre los días 6 y 10 del mes siguiente a la formalización de la inscripción de la referida. El Apoderado referente debe tener gimnasta activa y encontrarse al día en sus pagos a esa fecha.
  • La clase de prueba por sí sola no activa el beneficio: solo lo hace la inscripción formal.
  • Sin límite de referidas por Apoderado.
  • No aplica respecto de gimnastas que hayan estado inscritas en el Centro con anterioridad. El beneficio reconoce la incorporación de una familia nueva, no el reingreso de una que ya lo fue.
  • No aplica entre hermanas, conforme a la cláusula 17.
  • El Centro puede modificar o discontinuar el programa con aviso previo. Las referencias registradas con anterioridad se respetan.

19. Uniforme y presentación

  • La malla de entrenamiento es obligatoria para todas las categorías y la provee el Centro. Su valor vigente se publica en saltore.cl y se informa al Apoderado al momento de la matrícula. No se cobra ningún valor que no haya sido informado previamente.
  • El plazo para adquirirla es de 2 meses contados desde que la malla se encuentra disponible para entrega y su valor informado, y no desde la matrícula.
  • Se admite un cambio por talla, por una vez, sin uso y dentro de los 7 días siguientes a la entrega. Una vez usada, la malla no es reembolsable.
  • La gimnasta se presenta con el cabello recogido, calzado deportivo y botella con agua.
  • En muestras, galas y presentaciones la malla es requisito de participación. En clase regular, quien no cuente con ella dentro del plazo es requerido a regularizar su situación, sin que se le niegue el ingreso.

20. Clases no dictadas por el Centro

Cuando una clase no se dicte por causa imputable al Centro, incluida la ausencia del profesor asignado, se aplica el siguiente orden:

  1. El Centro cubre la clase con otro profesional de su equipo.
  2. Si no es posible, reprograma la clase dentro de los 15 días siguientes, en horario informado con al menos 48 horas de anticipación.
  3. Si tampoco es posible reprogramarla, acredita el valor proporcional de esa clase en la mensualidad siguiente.

Fuerza mayor. No se considera causa imputable al Centro la suspensión originada en decisión de la autoridad, emergencia sanitaria, alerta ambiental, corte de servicios básicos o evento climático. En esos casos el Centro reprograma cuando sea posible y no procede acreditación.

21. Convivencia, entrada y salida

  • Durante el desarrollo de las clases, los apoderados y acompañantes permanecen en el área de espera habilitada y no ingresan a la sala de entrenamiento. No se interrumpe el desarrollo de las actividades, salvo emergencia o fuerza mayor.
  • El Apoderado supervisa a los menores que acompañen a la gimnasta y permanezcan en el área de espera.
  • No se permite el ingreso de mascotas.
  • Se espera de gimnastas y apoderados un trato de respeto hacia el equipo técnico, las compañeras y las instalaciones.

Entrada. La gimnasta llega 5 minutos antes del inicio de su clase. El Apoderado la presenta en recepción y es el personal del Centro quien la ingresa a la sala.

Salida y retiro tardío. El Apoderado retira a la gimnasta al término de la clase. El Centro otorga una tolerancia de 15 minutos. Vencida, el Centro contacta al Apoderado y luego a los contactos de emergencia registrados en la Ficha, y la gimnasta permanece bajo supervisión en el área de espera. Verificado el atraso en tres ocasiones dentro de un mismo mes, el Centro puede cobrar un valor por supervisión extendida, informado previamente; de persistir, se aplica la cláusula 26.

Objetos personales y daños. El Centro no responde por objetos personales dejados en sus dependencias. El Apoderado responde por los daños que la gimnasta o sus acompañantes causen deliberadamente a las instalaciones o implementos.

22. Titularidad del Apoderado

  • El Centro se relaciona exclusivamente con el Apoderado registrado en la Ficha. Toda instrucción con efecto contractual, incluidos retiro, cambio de plan, congelamiento, uso de imagen y datos personales, proviene de él.
  • Nómina de retiro. La Ficha registra las personas autorizadas a retirar a la gimnasta además del Apoderado. El Centro no entrega a la gimnasta a ninguna persona que no sea el Apoderado o que no figure en esa nómina, y exige identificación cuando no reconoce a quien se presenta. Si la nómina se deja en blanco, se entiende que solo el Apoderado puede retirarla.
  • Autorización puntual. El Apoderado puede autorizar por escrito, para una ocasión determinada, a una persona que no figure en la nómina, indicando su nombre completo y la fecha. El Centro exige identificación al momento del retiro.
  • Las instrucciones contradictorias provenientes de terceros no se ejecutan. El Centro no media en asuntos de familia.
  • Toda restricción judicial de contacto debe acreditarse acompañando la resolución. El Centro actúa únicamente sobre el documento.
  • Cambio de Apoderado. Se comunica por escrito a admin@saltore.cl, el nuevo Apoderado firma el Contrato de Matrícula, se actualiza la Ficha y se constituye nuevamente el mandato de pago.

23. Canal de comunicación con el Centro

Toda comunicación entre la familia y el Centro se canaliza por los canales de la cláusula 1. Esta regla protege a las gimnastas, a las familias y al propio equipo.

  • Los profesores no gestionan con las familias asuntos administrativos ni comerciales. Inscripciones, pagos, agendamiento, cambios de plan o de horario, uniforme y cualquier otra gestión se realizan por recepcion@saltore.cl o el teléfono de la sede, nunca directamente con el profesor.
  • Las inquietudes sobre el desarrollo técnico o deportivo de la gimnasta se plantean a coordinaciondeportiva@saltore.cl, que las canaliza al profesor cuando corresponde.
  • El profesor no intercambia números de contacto personal con los apoderados ni sostiene con ellos comunicación privada relativa a la actividad del Centro.
  • El incumplimiento de esta cláusula por parte del personal del Centro constituye falta grave conforme a su respectivo contrato y al reglamento interno.

24. Salud, seguridad y responsabilidad

  • El Apoderado informa al Centro, antes del inicio de las actividades, toda condición relevante que limite o condicione la práctica de la gimnasta, mediante la declaración contenida en la Ficha de la Gimnasta, y la mantiene actualizada.
  • Toda lesión, enfermedad o dolencia debe notificarse antes del inicio de la clase.
  • Cuando la condición de la gimnasta lo amerite, el Centro puede solicitar certificado médico que acredite su aptitud para la práctica, como requisito de inscripción o de continuidad. Si el Centro deniega la continuidad por esta vía, procede la devolución proporcional de la mensualidad del mes en curso.
  • Todas las clases se desarrollan con supervisión de profesores capacitados y conforme a los protocolos de seguridad definidos por el Centro.
  • El Centro responde de los daños que se produzcan por incumplimiento de sus obligaciones de seguridad. La determinación de la responsabilidad considera la eventual concurrencia de culpa del Apoderado o de la gimnasta, conforme al artículo 2330 del Código Civil, en particular tratándose de condiciones relevantes no informadas al Centro.

25. Accidentes y emergencias

Protocolo. Ante un accidente o emergencia de salud, el Centro presta los primeros auxilios, contacta de inmediato al Apoderado y, si la urgencia lo amerita o el Apoderado no resulta ubicable, queda expresamente autorizado para solicitar atención médica de urgencia y disponer el traslado de la gimnasta al servicio de salud más cercano, informando al Apoderado apenas sea posible. Esta autorización se otorga en la Ficha de la Gimnasta.

Registro. De todo accidente queda un acta con la fecha, la hora, los hechos, las personas presentes y las medidas adoptadas. El Apoderado puede solicitar copia.

Cobertura. El Centro no cuenta con un seguro de accidentes contratado en favor de las gimnastas. La atención médica que derive de un accidente se cursa a través de la previsión de salud registrada en la Ficha, y sus costos son de cargo del Apoderado, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda al Centro conforme a la cláusula 24.

26. Incumplimiento y desvinculación

El incumplimiento de estas condiciones o del comportamiento esperado se notifica al Apoderado por escrito. La reiteración faculta al Centro para desvincular a la gimnasta, previa comunicación escrita en que se expresen los hechos que la fundan.

Producida la desvinculación, la matrícula no se restituye y la mensualidad del mes en curso se devuelve en la proporción correspondiente a las clases no cursadas, dentro de 10 días hábiles.

27. Modificaciones

Las modificaciones a estos términos y al Contrato de Matrícula rigen desde el inicio del ciclo siguiente y se comunican al Apoderado por escrito con al menos 60 días de anticipación. El Apoderado dispone de 30 días desde el aviso para manifestar su rechazo, en cuyo caso el contrato termina al cierre del ciclo en curso, sin costo ni penalidad.

Las modificaciones que la ley imponga rigen desde su entrada en vigencia. Los cambios de arancel y de grilla se rigen por la cláusula 10.

La versión vigente se publica en saltore.cl/legal.

Prevalencia. Ante cualquier diferencia entre lo publicado en saltore.cl y lo suscrito por el Apoderado, prevalece la condición que resulte más favorable para él.

28. Legislación aplicable

Toda materia no prevista se rige por la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y por la legislación chilena vigente.

Parte II. Protección de datos personales

29. Ley aplicable y responsable del tratamiento

Ley aplicable: Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y, a partir de su entrada en vigencia, Ley N°21.719 sobre Protección de Datos Personales.

Responsable del tratamiento: SALTORE SpA, RUT 78.214.631-9, Caletera Oriente Gral San Martín 6000, Of. 115, Colina, Región Metropolitana.

Contacto en materia de datos: admin@saltore.cl

30. Datos que se tratan

  • Del Apoderado: nombre completo, RUT, correo electrónico, teléfono y dirección.
  • De la gimnasta: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
  • De aptitud para la práctica: existencia de condiciones que limiten la práctica y restricciones operativas que el equipo técnico deba conocer, conforme a la cláusula 24.
  • De emergencia: contactos de emergencia, previsión de salud y nómina de personas autorizadas a retirar.
  • De la actividad: registro de asistencia y seguimiento del desarrollo técnico.
  • De pago: datos del medio de pago y del mandato de cargo, tratados por el prestador de servicios de pago.
  • De comunicaciones: mensajes intercambiados con el Centro por sus canales oficiales, incluida la atención automatizada.
  • De imagen: fotografías y videos, conforme a la cláusula 38.
  • De videovigilancia: imágenes captadas en las dependencias del Centro, conforme a la cláusula 37.

31. Finalidad y base jurídica

  • Gestión de inscripción, cupos, cobros y asistencia: ejecución del contrato.
  • Comunicación sobre el programa, horarios y novedades: ejecución del contrato.
  • Seguimiento del desarrollo técnico de la gimnasta: ejecución del contrato.
  • Aptitud para la práctica y atención de emergencias: consentimiento expreso otorgado en la Ficha, e interés vital de la gimnasta.
  • Uso de imagen: consentimiento expreso, separado y revocable, otorgado en la Ficha.
  • Videovigilancia: interés legítimo del Centro en la seguridad de las personas y los bienes.
  • Emisión de documentos tributarios y conservación contable: obligación legal.

32. Plazos de conservación

  • Los datos se conservan durante la vigencia de la relación contractual.
  • Terminada la relación, se conservan por el plazo necesario para cumplir obligaciones legales, tributarias y contables, y para atender eventuales reclamaciones.
  • Los datos de aptitud y de emergencia se suprimen dentro de los 12 meses siguientes al término de la relación.
  • Las grabaciones de videovigilancia se conservan 30 días, conforme a la cláusula 37.
  • Las imágenes se conservan mientras se mantenga vigente la autorización, conforme a la cláusula 38.
  • Cumplidos los plazos, los datos se suprimen o se anonimizan.

33. Encargados, terceros y transferencia internacional

El Centro trata los datos con el apoyo de proveedores que actúan como encargados, bajo contrato y conforme a sus instrucciones. Las categorías de destinatarios son:

  • Plataforma de gestión y su infraestructura de alojamiento.
  • Proveedor de correo electrónico.
  • Servicios de mensajería y de atención automatizada.
  • Prestadores de servicios de pago.
  • Contabilidad y cobranza.
  • Producción audiovisual y marketing, en los términos de la cláusula 38 y únicamente respecto del material de imagen.
  • Asesoría legal y compañía de seguros, cuando corresponda.
  • Tribunales, Ministerio Público y policías, cuando lo requieran.

Fuera de estos casos, el Centro no comunica ni cede datos personales a terceros.

Transferencia internacional. Algunos de estos proveedores pueden tratar datos fuera de Chile. El listado vigente de destinatarios, los países de destino y las garantías aplicables se publican en saltore.cl/legal.

34. Seguridad y vulneraciones

El Centro adopta medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, incluidos el control de acceso por persona y la restricción del acceso a lo necesario para cada función.

Ante una vulneración de seguridad que afecte datos personales, el Centro la comunica a la autoridad competente y, tratándose de datos de la gimnasta, también al Apoderado, con la mayor brevedad.

35. Derechos del titular

El Apoderado, en representación de la gimnasta, puede ejercer en cualquier momento y de forma gratuita los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y suspensión temporal del tratamiento, así como el derecho a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en tratamiento automatizado.

Las solicitudes se cursan a admin@saltore.cl con el asunto "Solicitud de datos personales", acreditando la identidad del solicitante. El Centro responde dentro de los plazos legales.

El Apoderado puede además reclamar ante la autoridad competente en materia de protección de datos.

36. Menores de edad

Todos los datos de la gimnasta se tratan con estándar reforzado de confidencialidad. Solo el Apoderado puede autorizar, modificar o revocar el tratamiento de datos de la gimnasta.

37. Videovigilancia

Existencia y finalidad. El Centro cuenta con un sistema de cámaras de seguridad en sus dependencias. Su finalidad es la seguridad de las personas y de los bienes, y la acreditación de los hechos ante un accidente, incidente o controversia, en resguardo de las gimnastas, de los apoderados y del equipo del Centro.

Zonas cubiertas. Las cámaras registran los accesos, la sala de entrenamiento y las áreas comunes. No existen cámaras en camarines, baños ni zonas de cambio de vestuario.

Registro. El sistema registra únicamente imagen, sin audio.

Señalización. La existencia del sistema se informa mediante señalética visible en el acceso al Centro.

Conservación. Las grabaciones se conservan por un período de 30 días, transcurrido el cual se eliminan o sobrescriben, salvo aquellas asociadas a un hecho en investigación o a un requerimiento de autoridad, que se conservan hasta su resolución.

Acceso. El acceso a las grabaciones queda restringido a la Dirección del Centro y a quienes esta designe expresamente. Las grabaciones no se utilizan para el control ordinario del desempeño laboral del personal. Sí pueden utilizarse para investigar denuncias o incidentes que afecten la seguridad o la integridad física o psíquica de las gimnastas, y en los procedimientos disciplinarios que de ello deriven.

Solicitud del Apoderado. Ante un hecho que afecte a su gimnasta, el Apoderado puede solicitar por escrito a admin@saltore.cl la revisión del registro. El Centro exhibe en sus dependencias el segmento estrictamente pertinente al hecho consultado, adoptando medidas razonables para resguardar la identidad de terceros, y deja constancia en acta. No se entregan copias, por contener imágenes de otras gimnastas menores de edad. Cuando no sea posible resguardar la imagen de terceras, el Centro lo informa fundadamente.

Entrega a terceros. Las grabaciones se entregan únicamente a requerimiento de un tribunal, del Ministerio Público o de las policías, y a la compañía de seguros cuando exista cobertura comprometida en un siniestro.

Parte III. Uso de imagen

38. Registro fotográfico y audiovisual

Qué hace el Centro. El Centro documenta clases, muestras y actividades, y produce material institucional y promocional para sus redes sociales, su sitio web y sus campañas de difusión.

Quién captura y produce. La captura y producción de este material la realiza el Centro, el personal que este designe y los proveedores externos que contrate para tales efectos. Estos proveedores actúan siempre por encargo y bajo instrucción del Centro, están sujetos a confidencialidad, no pueden usar el material para fines propios ni cederlo a terceros, y deben devolverlo o eliminarlo al término del encargo.

Dónde se otorga la autorización. La autorización de uso de imagen se otorga o se deniega en la Ficha de la Gimnasta, mediante una declaración expresa que comprende las redes sociales, el sitio web, el material institucional y las campañas de difusión pagada del Centro.

En ausencia de autorización expresa en la Ficha, se entiende no otorgada, y la imagen de la gimnasta no se utiliza en ninguno de esos soportes.

Alcance.

  • La autorización se otorga al Centro como institución, no a personas determinadas. Habilita al Centro y a quienes actúan por encargo suyo, y no habilita a ningún miembro del equipo a hacer uso particular del material.
  • Aplica desde la fecha de la Ficha en adelante.
  • La no autorización de uso de imagen no afecta la inscripción ni la permanencia de la gimnasta en el Centro.

Revocación. El Apoderado puede revocar la autorización, total o parcialmente, en cualquier momento, comunicándolo a admin@saltore.cl. Revocada, el Centro retira el material de los canales bajo su control, esto es, sitio web, cuentas oficiales y campañas activas, dentro de 15 días hábiles, y cesa todo uso futuro. Respecto de material impreso ya distribuido o de republicaciones de terceros fuera del control del Centro, este adopta las medidas razonables a su alcance e informa al Apoderado el resultado de las gestiones.

Publicación en cuentas personales del equipo. Las reglas siguientes obligan a todo el personal del Centro, incluidos colaboradores y prestadores externos.

  • Ningún miembro del equipo publica en sus cuentas personales contenido propio en que aparezcan las gimnastas, sea su rostro, su nombre o cualquier dato que permita identificarlas.
  • Ningún miembro del equipo captura imágenes de las gimnastas con dispositivos personales para fines distintos del trabajo encomendado por el Centro.
  • Sí está permitido compartir en sus cuentas personales contenido publicado por la cuenta oficial del Centro, agregando texto propio, siempre que ese texto no nombre ni etiquete a gimnastas individuales, no incluya datos que permitan identificarlas y no altere la pieza original.
  • Cualquier otra publicación requiere autorización escrita, expresa y otorgada para esa ocasión específica por el Apoderado de cada gimnasta que aparezca.
  • El incumplimiento de estas reglas por parte del personal del Centro constituye falta grave conforme a su respectivo contrato y al reglamento interno.

Disposiciones transitorias

Primera. Entrada en vigencia. Estos términos rigen desde el 1 de octubre de 2026 y reemplazan los publicados con anterioridad en saltore.cl.

Los apoderados con inscripción vigente a esa fecha suscriben el Contrato de Matrícula por el mismo procedimiento. Mientras no lo suscriban, mantienen las condiciones anteriores hasta el cierre de su ciclo.

Segunda. Primer ciclo parcial. El ciclo único de matrícula de la cláusula 5 se inaugura con un primer ciclo parcial, que corre del 1 de octubre de 2026 al 28 de febrero de 2027. El primer ciclo completo se inicia el 1 de marzo de 2027.

Las inscripciones nuevas que se formalicen entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2026 pagan $25.000. Las que se formalicen entre el 1 de diciembre de 2026 y el 31 de enero de 2027 pagan $12.500. Las que se formalicen durante febrero de 2027 se rigen por la última fila de la tabla de la cláusula 5.

Tercera. Matrículas pagadas antes de la entrada en vigencia. Se respeta la fecha en que fueron pagadas. Mantienen vigencia por un año completo contado desde esa fecha, sin que la entrada en vigor de estos términos la anticipe, y hasta entonces no se cursa cobro alguno de matrícula.

Al vencer, el Apoderado paga únicamente la matrícula prorrateada del trimestre en que caiga esa fecha, conforme a la tabla de la cláusula 5, quedando con ello incorporada al ciclo único que renueva cada 1 de marzo.

Ejemplo. Una matrícula pagada en julio de 2026 mantiene vigencia hasta julio de 2027. En esa fecha corresponde pagar $37.500, prorrateo del trimestre junio a agosto, que cubre hasta el término de febrero de 2028. Desde el 1 de marzo de 2028 renueva al valor vigente junto con el resto del Centro.

Cuarta. Medios de pago. Hasta el 28 de febrero de 2027 se acepta débito automático o transferencia bancaria. Desde el 1 de marzo de 2027 el débito automático es el medio de pago regular, operando el link de pago como respaldo conforme a la cláusula 8. El Centro comunica el cambio a los apoderados con al menos 60 días de anticipación.

Quinta. Primera revisión anual. La primera revisión anual conforme a la cláusula 10 se realiza en enero de 2027, con efecto desde marzo de 2027.

Dudas y contacto

Cualquier consulta sobre estos términos se responde en admin@saltore.cl. La versión vigente se publica siempre en esta página, y la anterior queda disponible a solicitud del Apoderado.

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